Domingo 27 de Octubre, 2024
El presidente del Senado, Ricardo De los Santos, aclaró que la reciente modificación de la Constitución no confiere al presidente de la República la facultad de ocupar vacantes en el nivel municipal.
De los Santos explicó que el párrafo II del artículo 274 de la Constitución establece que, ante un vacío en la línea sucesoral municipal, la ley determinará el mecanismo para cubrir las vacantes, sin otorgar poder directo al mandatario para esta acción.