Jueves 27 de Noviembre 2025
Santo Domingo.– La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció que, a través de la Resolución Conclafit-2025-01, emitida el 1 de septiembre de 2025, el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Conclafit) revisó y ajustó los límites máximos para realizar pagos en efectivo, conforme a lo establecido en el artículo 64 de la Ley 155-17 sobre lavado de activos.
Los nuevos topes autorizados para pagos en efectivo quedaron establecidos de la siguiente manera:
Construcción o transferencia de derechos sobre inmuebles: hasta RD$1,500,000.00. Compra de vehículos, aeronaves y embarcaciones: hasta RD$800,000.00. Relojes, joyas y obras de arte, por pieza o por lote: hasta RD$700,000.00. Para las operaciones señaladas en los literales d, e, f y g del artículo 64: límite de RD$400,000.00.
Estos valores aplican en procesos de transferencia de propiedad de vehículos, remolques y en trámites inmobiliarios, donde es obligatorio detallar los pagos efectuados y los que aún estén pendientes, tal como exigen la Norma General 06-2022 y el Aviso 07-2025 emitidos por la DGII.
La institución recordó que tanto personas físicas como jurídicas, además de los notarios públicos, deben cumplir estrictamente con estos límites y solicitar la constancia válida de pago en todas las operaciones sujetas a regulación, en concordancia con lo establecido en la Norma General 07-2022.
Los contribuyentes que requieran más detalles pueden comunicarse con el Centro de Contacto al (809) 689-3444, escribir al correo información@dgii.gov.do o acceder al portal oficial www.dgii.gov.do.

