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Diputada Lidia Pérez somete proyecto para eliminar prisión por difamación y reforzar la libertad de expresión

Jueves 11 de junio 2026

La iniciativa forma parte de una agenda legislativa que busca proteger la libertad de prensa, impedir la censura previa y evitar sanciones penales contra opiniones, críticas y denuncias de interés público.

Santo Domingo, D.N. – La diputada por la provincia Puerto Plata, Lidia Esther Pérez depositó ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley que modifica varios artículos de la Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal de la República Dominicana, con el propósito de fortalecer las garantías constitucionales de la libertad de expresión, la libertad de prensa y el derecho ciudadano a la crítica y la denuncia.

La propuesta legislativa modifica los artículos 121, 122, 123, 208, 209, 210, 309, 310 y 311 del Código Penal, al considerar que algunas de sus disposiciones podrían dar lugar a sanciones penales contra expresiones, opiniones o publicaciones vinculadas al debate público.

Con esta iniciativa, presentada el 10 de junio, la legisladora da continuidad a una agenda de protección de las libertades públicas iniciada el 6 de mayo, cuando sometió el Proyecto de Ley sobre las Garantías de la Libertad de Expresión, Libertad de Prensa y Prohibición de la Censura Previa en la República Dominicana.

Según Pérez, ambas propuestas persiguen un mismo objetivo: garantizar que ninguna persona pueda ser perseguida penalmente por opinar, cuestionar, denunciar actos de interés público, ejercer el periodismo o exigir rendición de cuentas a las autoridades.

“Ningún dominicano debe ir preso por opinar. Quien difama con mentira deliberada debe responder ante la justicia; quien acosa de verdad debe ser sancionado con firmeza. Pero la crítica, la denuncia y el periodismo no son delitos: son la democracia funcionando”, afirmó la congresista.

La diputada explicó que su proyecto no elimina las sanciones contra conductas ilícitas, sino que busca delimitar claramente los tipos penales para evitar que se utilicen contra la libertad de expresión o el ejercicio periodístico.

Principales cambios propuestos

Eliminación de la prisión por difamación e injuria

Las modificaciones a los artículos 208 y 210 sustituyen las penas de cárcel por multas y mecanismos de reparación proporcional. Además, incorporan el criterio de dolo para los casos relacionados con funcionarios públicos, candidatos o asuntos de interés público, estableciendo que solo habrá responsabilidad cuando se demuestre que la información fue difundida con conocimiento de su falsedad o con evidente desprecio por la verdad.

Supresión del delito de ultraje a funcionarios públicos

La iniciativa modifica los artículos 310 y 311 para eliminar las disposiciones que podrían castigar expresiones dirigidas contra funcionarios públicos. En su lugar, propone sancionar únicamente amenazas graves, reales y verificables, dejando expresamente protegidas la crítica política, las denuncias ciudadanas y las exigencias de rendición de cuentas.

Mayor precisión en los delitos de acoso, hostigamiento y ciberbullying

Las reformas a los artículos 121, 122 y 123 establecen que debe existir una conducta reiterada, grave e injustificada que produzca un daño real y comprobable. Asimismo, excluyen de manera expresa las opiniones, críticas, sátiras y denuncias sobre asuntos de interés público.

No obstante, la propuesta mantiene sanciones severas para los casos que involucren menores de edad, divulgación de contenido íntimo o situaciones que provoquen consecuencias fatales previsibles.

Sanciones estrictas para chantajes y amenazas reales

Las modificaciones a los artículos 209 y 309 conservan las penas contra la difamación utilizada con fines extorsivos, especialmente cuando se realice mediante redes coordinadas, cuentas falsas o mecanismos digitales de presión.

También se mantienen las sanciones contra amenazas vinculadas al uso de armas, violencia o crimen organizado, procurando evitar que protestas pacíficas, reclamos legítimos o publicaciones en redes sociales sean objeto de persecución penal.

“No vinimos a tumbar el Código Penal; vinimos a blindarlo antes de que entre en vigencia con un talón de Aquiles constitucional. Prefiero que el Congreso precise nueve artículos hoy, a que el Tribunal Constitucional los anule mañana y dejemos a las víctimas sin protección y a los ciudadanos sin certeza jurídica”, sostuvo Pérez.

La legisladora consideró que el país necesita un Código Penal firme contra el delito, pero compatible con los estándares democráticos y los derechos fundamentales.

Asimismo, recordó que organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Organización de los Estados Americanos, a través de su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, han sostenido que los delitos relacionados con la expresión no deben ser castigados con penas de prisión.

Pérez informó que junto al proyecto fue depositada una matriz comparativa que detalla la redacción vigente de cada artículo, las modificaciones propuestas y sus fundamentos jurídicos. El documento será distribuido entre bloques legislativos, gremios periodísticos, universidades, juristas y organizaciones de la sociedad civil para su análisis y discusión.

“Defender a las víctimas no puede significar silenciar ciudadanos. El país necesita reglas claras: cárcel para quien amenaza, chantajea o acosa de verdad; garantías para quien opina, denuncia, fiscaliza o informa”, concluyó la diputada.