Miércoles 11 de Febrero 2026
Santo Domingo.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) dispuso la prohibición de que los vehículos pesados y de transporte de carga circulen por el carril izquierdo en autopistas y carreteras del país, como parte de las acciones dirigidas a fortalecer la seguridad vial y optimizar el flujo del tránsito.
La medida está contenida en la Resolución Administrativa núm. 003-2026, firmada por el director ejecutivo del INTRANT, Milton Morrison, y se sustenta en la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, así como en el Reglamento de Transporte de Cargas (Decreto 258-20) y en el Plan Estratégico Nacional para la Seguridad Vial (PENSV) 2021-2030.
Según lo establecido, los vehículos de carga y transporte colectivo deberán desplazarse exclusivamente por el carril derecho. Solo podrán utilizar el carril izquierdo en situaciones permitidas por la normativa vigente, como maniobras de adelantamiento autorizadas o giros a la izquierda en intersecciones, siempre cumpliendo con las disposiciones de tránsito.
Asimismo, la resolución ordena que toda carga suelta sea transportada de manera segura, utilizando lonas, toldos u otros mecanismos de cobertura adecuados, con el objetivo de prevenir derrames o la dispersión de materiales que puedan poner en riesgo a otros conductores, afectar el medio ambiente o comprometer la salud pública.
La disposición aplica a vehículos destinados al transporte de pasajeros y mercancías, entre ellos minibuses, autobuses, camiones de dos ejes y distintas modalidades de carga, incluyendo acarreo, carga a granel, comercial, pesada, multimodal, especializada, peligrosa o expresa, independientemente de que el servicio sea remunerado o no.
